Títulos de recreo

Títulos de recreo

Homologado como Centro de Formación Náutica Deportiva por el Gobierno de Cantabria – Consejería de Ganadería Agricultura y Pesca con fecha 22 de abril de 1998. El Centro cuenta, desde marzo de 2009, con la homologación de la Dirección General de Pesca de Cantabria para impartir las prácticas de radiocomunicaciones reguladas por la Orden FOM/3200/2007. Dispone de embarcaciones propias (atracadas en el Puerto Deportivo de Marina de Santander) y realiza cursos teóricos y prácticos (motor y vela) de formación de las siguientes titulaciones: Licencia de navegación  antiguo Titulin), PNB, PER, patrón de yate y capitán de yate

LICENCIA DE NAVEGACIÓN ENTREGAMOS EL TITULO EL MISMO DÍA QUE REALICE LAS PRÁCTICAS

ATRIBUCIONES

Expedimos licencias para el gobierno de motos náuticas de clase C y embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia de motor adecuada a las mismas según su fabricante, que habilitarán para la realización de navegaciones diurnas siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo. 

Condiciones de obtención 

Cuatro horas de prácticas en el barco de nuestra academia y dos horas de teoría. SIN EXAMEN

NOSOTROS, COMO CENTRO HOMOLOGADO,  EXPEDIREMOS SU TÍTULO 


Quien ya posea el Titulín, podrá obtener la LICENCIA DE NAVEGACIÓN , realizando sólo, las cuatro horas de prácticas a motor, SIN EXAMEN 

Patrón de Navegación Básica

ATRIBUCIONES

Gobierno de embarcaciones de recreo que en su navegación no se alejen más de 5 millas, en cualquier dirección, de un abrigo, con las siguientes limitaciones: - Embarcaciones de recreo de vela, hasta 8 mts. de eslora. - Embarcaciones de recreo de motor hasta 8 mts. de eslora, con potencia de motor adecuada a la misma. - Podrán gobernar motos náuticas.

Condiciones de obtención

.- Haber cumplido 18 años de edad, o 16 años con consentimiento paterno o de tutor. Aprobar el examen teórico correspondiente.

.- Realizar las prácticas de seguridad y de navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 8 horas.

.- Superar un reconocimiento médico donde se acredite que reúne las condiciones psicofísicas establecidas en la Resolución del 11 de enero de 2010 de la DGMM en aplicación de la Orden FOM/3200/2007.

.- Realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 4 horas de las cuales 2,  como mínimo se realizarán en un simulador homologado de una escuela.

PATRÓN DE EMBARCACIONES DE RECREO

ATRIBUCIONES

Gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o a motor y vela, hasta 15 metros de eslora y potencia de motor adecuada, en navegaciones realizadas entre la costa y la línea de 12 millas paralela a la misma. Asimismo podrá realizar navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario.

Condiciones de obtención

.- Haber cumplido 18 años de edad. Aprobar el examen teórico correspondiente.

.- Aprobar el examen práctico o haber realizado las prácticas de seguridad y de navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 16 horas.

.- Superar un reconocimiento médico donde se acredite que reúne las condiciones psicofísicas establecidas en la Resolución del 11 de enero de 2010 de la DGMM en aplicación de la Orden FOM/3200/2007.

.- Realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 12 horas, que se realizarán en tierra, de las que al menos 8 se harán en un simulador homologado de una escuela.

PATRÓN DE YATE

 

ATRIBUCIONES

Gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o a motor y vela, hasta 24 metros de eslora y potencia de motor adecuada, en navegaciones realizadas entre la costa y la línea de 150 millas paralela a la misma.

Condiciones de obtención

.- Haber cumplido 18 años de edad.

.- Poseer el título de Patrón de Embarcaciones de Recreo.

.-  Aprobar el examen teórico correspondiente.

.- Las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación para la obtención del título de patrón de yate, tendrán una duración mínima de 48 horas, de las cuales, un mínimo de 36 horas serán en régimen de travesía, debiendo realizar cada alumno, por lo menos, una guardia de navegación completa de día y otra de noche. 

.- Superar un reconocimiento médico donde se acredite que reúne las condiciones psicofísicas establecidas en la Resolución del 11 de enero de 2010 de la DGMM en aplicación de la Orden FOM/3200/2007.

.- Realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 12 horas, que se realizarán en tierra, en un simulador homologado de una escuela.

CAPITÁN DE YATE

 

ATRIBUCIONES

Gobierno de embarcaciones de recreo de 24 metros de eslora, a motor o a motor y vela, sin limites geográficos. 

Condiciones de obtención

.-Poseer el título de Patrón de Yate.

.- Aprobar el examen teórico correspondiente.

.- Realizar unas prácticas de navegación de 48 horas

.- Superar un reconocimiento médico donde se acredite que reúne las condiciones psicofísicas establecidas en la Resolución del 11 de enero de 2010 de la DGMM en aplicación de la Orden FOM/3200/2007.

.- Realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 16 horas, que se realizarán en tierra, de las que al menos 8 se realizarán en un simulador homologado de una escuela.

PRÁCTICAS DE VELA

Prácticas homologadas de vela para todos los títulos de recreo