PATRÓN DE YATE


 

ATRIBUCIONES

Gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o a motor y vela, hasta 24 metros de eslora y potencia de motor adecuada, en navegaciones realizadas entre la costa y la línea de 150 millas paralela a la misma.

Condiciones de obtención

.- Haber cumplido 18 años de edad.

.- Poseer el título de Patrón de Embarcaciones de Recreo.

.-  Aprobar el examen teórico correspondiente.

.- Las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación para la obtención del título de patrón de yate, tendrán una duración mínima de 48 horas, de las cuales, un mínimo de 36 horas serán en régimen de travesía, debiendo realizar cada alumno, por lo menos, una guardia de navegación completa de día y otra de noche. 

.- Superar un reconocimiento médico donde se acredite que reúne las condiciones psicofísicas establecidas en la Resolución del 11 de enero de 2010 de la DGMM en aplicación de la Orden FOM/3200/2007.

.- Realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 12 horas, que se realizarán en tierra, en un simulador homologado de una escuela.

 

ATRIBUCIONES

Gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o a motor y vela, hasta 24 metros de eslora y potencia de motor adecuada, en navegaciones realizadas entre la costa y la línea de 150 millas paralela a la misma.

Condiciones de obtención

.- Haber cumplido 18 años de edad.

.- Poseer el título de Patrón de Embarcaciones de Recreo.

.-  Aprobar el examen teórico correspondiente.

.- Las prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación para la obtención del título de patrón de yate, tendrán una duración mínima de 48 horas, de las cuales, un mínimo de 36 horas serán en régimen de travesía, debiendo realizar cada alumno, por lo menos, una guardia de navegación completa de día y otra de noche. 

.- Superar un reconocimiento médico donde se acredite que reúne las condiciones psicofísicas establecidas en la Resolución del 11 de enero de 2010 de la DGMM en aplicación de la Orden FOM/3200/2007.

.- Realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 12 horas, que se realizarán en tierra, en un simulador homologado de una escuela.